A lo largo de este post presentaremos todos los puntos clave relacionados con el derecho de cobro y varios ejemplos para poder ver claramente qué significa y en qué situaciones, incluso de la vida cotidiana, está presente.
Empezaremos por conocer qué es un derecho de cobro y todo lo que implica. El derecho de cobro es el derecho a recibir un pago por parte de un deudor. Este derecho está en manos de un acreedor o prestador de bienes y/o servicios. Además el deudor tiene la obligación de asumir ese compromiso de pago que ha contraído previamente. Por otra parte, el derecho a cobrar puede venir acompañado por alguna garantía para el acreedor, de tipo real (prenda, hipoteca y anticresis) o de tipo personal (aval y fianza).
Las garantías de los derechos de cobro
A través de las garantías de los derechos de cobro, tanto los individuos como las empresas, o administraciones públicas cuentan con una garantía real o personal para asegurarse de algún modo el abono de la deuda. Estas garantías generan una tranquilidad extra para estos acreedores personas físicas y/o jurídicas a recibir esa retribución económica que se acordó en el momento de ofrecer sus bienes o servicios a través de un acuerdo comercial con la parte ahora deudora. La actividad más común donde se ve reflejado los derechos de cobro se ve representada en la actividad de venta de mercancías o servicios a un tercero. O sea la relación comercial que se entabla entre clientes y proveedores.
Otro punto clave que presentan las garantías de los derechos de cobro es precisamente dar defensa o actuar como protección legal a los operadores económicos en múltiples mercados. Estos operadores asumen riesgos económicos altos que comprometen beneficios futuros, por lo que por este motivo, las entidades o instituciones económicas se ven en la obligación de respaldar sus derechos consiguiendo incentivar y dar cobijo a la propia actividad económica.
En esta actividad es imprescindible fijar las condiciones de pago y los plazos para abonar el mismo con relación a ese intercambio de bienes entre ambas partes. Esto facilitará en gran medida el camino hacia ese cobro final otorgando mayor confianza entre acreedor y deudor.
A modo enunciativo, recordamos que las garantías del derecho de cobro pueden ser reales, mediante las que el deudor ofrece un bien como garantía del cumplimiento de la deuda (bien inmueble, en el caso de la hipoteca; bien mueble, en el caso de la prenda; los frutos de un bien, en el caso de la anticresis), o bien pueden ser garantías personales, por las cuales el deudor presenta como garantía para el cobro para el acreedor a otra persona que se hará carga, de forma subsidiaria o solidaria, del pago.
¿Se puede transferir un derecho de cobro a un tercero?
Es importante tener en cuenta que un derecho de cobro puede llegar a ser formalmente traspasado a un tercero. Pero para ello ambas partes deben estar completamente de acuerdo y realizar esta transacción de forma voluntaria. Para poder ejecutar este traspaso de derecho de cobro la forma más habitual para realizarlo es mediante la redacción de un contrato que especifique los términos de la cesión y que firmen ambas partes. También se contempla la posibilidad de realizarlo transfiriendo el documento de pago contraído con dicha operación comercial. Son los dos métodos más comunes si se quiere realizar este traspaso de derechos de cobro a un tercero.
Obviamente, el deudor es la otra parte afectada por la cesión del derecho de cobro. En este sentido, nuestro Ordenamiento no obliga a que el acreedor antiguo o nuevo recabe el consentimiento del deudor para realizar la cesión, como sí ocurre en el caso de que la figura que se sustituye no sea la del acreedor sino la del deudor. Pero eso sí, será en todo caso necesario notificar debidamente al deudor del cambio de acreedor, de tal modo que si tal notificación no se produce y el deudor realiza el pago al antiguo acreedor, el nuevo acreedor no podrá dirigirse contra aquél para exigirle el pago.
Los derechos corrientes de cobro
La expresión derechos corrientes de cobro viene referida al ámbito contable y, desde ese punto de vista son créditos a favor de la empresa generados por el diferimiento entre la corriente real de una operación de tráfico, de venta o prestación de servicios, y su corriente financiera en dinero.
En líneas generales y en función del tipo de operación de tráfico que los origina, podemos diferenciar dos tipos de derechos de cobro:
- Deudores. Son los derechos de cobro que agrupan el ámbito de la parte deudora. Entre ellos se pueden contemplar los créditos concedidos en operaciones de tráfico, venta o incluso prestación de servicios. Operaciones que son ajenas y extraordinarias, operaciones por lo tanto atípicas dentro del entorno empresarial.
- Clientes o créditos comerciales. Estos derechos de cobro son los derechos por operaciones de venta a crédito de productos o servicios propios y típicos de la empresa.
Además desde el punto de vista contable se abre una nueva propuesta, ya que este concepto se refleja en la cuenta dedicada a clientes, efectos comerciales a pagar. Queriendo demostrar que de forma contable está definido el tratamiento dado a las relaciones de cobros futuros frente a deudores.
Ejemplos de derechos de cobro
Llegados a este punto es muy importante poner en valor toda esta información y verlo reflejado en ejemplos reales para poder ver dónde y cómo se ven aplicados estos derechos de cobro y en qué ámbitos son más comunes que en otros. También teniendo en cuenta la parte del acreedor y del deudor.
Podemos encontrar numerosos ejemplos de reconocimiento de derechos de cobro y vamos a enumerar algunos de ellos para reconocerlos a primera vista.
- El impuesto sobre la renta. A nivel administrativo proponemos como ejemplo el devengo de impuestos. En este caso la Administración tiene el derecho de cobrar este impuesto siempre que una empresa no lo pague en las fechas límites o marcadas.
- Indemnización por despido. En este caso surge un derecho de cobro del trabajador frente a la empresa que le ha despedido y donde ha prestado sus servicios por un tiempo determinado. Ya sea por conflicto con la empresa o por un problema de seguridad laboral, con despido por incumplimiento de contrato o despido injustificado.
- Prestación del ERTE. En este caso y dada la actualidad de este ejemplo se posiciona como uno de los más comunes en el ámbito laboral. Muchas son las personas que dentro de las empresas se han visto acogidos a esta situación de desempleo temporal y en ese punto se ven con derecho de cobro ante su prestación. Esta prestación debe ser abonada por el Estado a tenor de la información que las empresas facilitan sobre sus empleados.
- Prestación por desempleo. Del mismo modo que el caso anterior se presenta la prestación por desempleo que se produce tras la finalización de un contrato y cumplir los requisitos para poder recibirlo.
- Relación comercial por transacción de bienes y servicios. Sobre este ejemplo llevamos hablando durante todo el post. Sin duda es el derecho de cobro más común que es la garantía con la que cuenta el acreedor frente a su deudor por haberle prestado esos bienes o servicios como intercambio comercial.
- Arrendamiento de un inmueble. Este es otro ejemplo bastante común. Aquí el propietario del inmueble cuenta con un derecho de cobro frente a la persona o personas que han decidido alquilar el piso. Si estos no cumplen con los plazos establecidos y cuantías acordadas. El contrato funcionará como herramienta o justificante de cobro.
- Facturas por prestación de servicios. El ejemplo en este caso lo podemos basar sobre las facturas de servicios como los suministros. Por ejemplo la emisión de facturas desde las eléctricas o por consumo de agua. Aquí del mismo modo se ejecuta ese derecho de cobro por el intercambio de servicios. Un individuo recibe o utiliza los mismos y por ellos se debe abonar el importe correspondiente.
En otros post hemos comentado otros detalles y más ejemplos sobre los derechos de cobro y cómo reconocerlos. Cómo ver esas figuras entre acreedor y deudor frente a ellos y lo útil de las garantías de cobro en multitud de ocasiones. Igualmente, hemos hablado de cómo reclamarlos y cómo te puede ayudar el registro de impagados judiciales.