La preocupación por sufrir una deuda, ya hablemos de una persona física o jurídica, siempre resulta alta por lo que implica en el día a día y en el estado financiero de las cuentas de la empresa, autónomo o persona física. Sin embargo, si ya la preocupación por una de ellas es alta, el contar con varias hace que sea uno de los principales problemas de la sociedad actual. La crisis sanitaria por la pandemia por el Covid-19 ha agravado más la situación si cabe. Las deudas siempre han estado ahí, pero el desgaste con el cierre de negocios, la acumulación de facturas, impuestos y recibos de los pequeños negocios y también la alta estructura de las grandes empresas, han tambaleado el sistema, haciendo que muchos negocios no puedan responder ante todas esas deudas y tengan que cerrar y que muchos deudores se vean abocados a buscar opciones de reunificación de deudas con impagos.
La reunificación de deudas como solución
La reunificación de deudas con impagos consiste en una operación financiera a través de la cual se llega a obtener un préstamo para pagar otros préstamos o créditos anteriores, agrupados en un solo pago mensual de menor cuantía. Se puede decir que se unifican todas las deudas en un solo préstamo, que puede ser hipotecario o no, lo cual representa una limitación clave de las cantidades de deuda admitidas. Obteniendo un solo préstamo bajo un tipo de interés menor, pero, eso sí, con un plazo de amortización más largo.
Los impagos tienen preferencia con relación y al respecto del resto de las deudas que se puedan llegar a tener. Al solicitar esta reunificación de la deuda a una entidad financiera o a una entidad bancaria, esta se encargará de devolver el dinero a la empresa o entidad a la que se le deba dicho impago.
Llegado a este punto es muy importante conocer que en este post nos vamos a centrar en el tipo de reunificación de deudas asociadas a contar con uno o varios impagos , ya que hay que tener en cuenta el detalle de que para poder solicitar la reunificación de deudas con impagos puede haber complicaciones si la persona física o jurídica que lo solicita a la entidad bancaria cuenta con:
- Haber cometido algún impago
- Figurar en una lista de morosos
Reunificar deudas sí es posible
Ya conocemos que la opción de reunificar deuda cuando sí hay asociados o se cuentan con impagos es mucho más complicado, pero no por ello imposible. A lo largo de estas próximas líneas vamos a conocer cómo es posible la reunificación las deudas con impagos.
Operar con las entidades bancarias o financieras figurando en una lista de morosos o contar a las espaldas con uno o varios impagos hace que la situación se agudice. Pero del mismo modo sigue siendo posible reunificar este tipo de deudas y juntarlas con otros pagos como las hipotecas y los créditos.
Otro factor importante en este punto es conocer y valorar el importe de la deuda, ya que si es muy grande, todavía será más complicado conseguir esta reunificación que se persigue. Ésta solo se conseguirá o será posible si el solicitante se encuentra en una buena situación financiera que sea capaz de justificar su estado de solvencia.
Si por el contrario el importe de la deuda no es tan elevado, las posibilidades de reunificar la deuda por impago se multiplican. En este punto y bajo esta situación y si además se cuenta con una buena situación de solvencia, todo irá más rápido y será mucho más sencillo.
Hemos hablado que si la persona que quiere reunificar su deuda por impago además figura en un fichero de morosos, todavía se hace más complejo el proceso, pero aun así no está todo perdido para este deudor, ya que también existen posibilidades de poder optar a esa reunificación de deuda con impagos estando incluido en un fichero de morosidad, si el estudio de las circunstancias económicas del deudor así lo aconseja o se ofrecen otras garantías. En todo caso, el acreedor que usó el fichero de morosos quedará satisfecho puesto que su crédito será adelantado por la entidad que permite la reunificación de deudas, provocando la eliminación de ese apunte del fichero, y que ese importe pase a engrosar el préstamo que ahora se concederá al deudor en la reunificación.
Tipos de reunificación de deudas
La reunificación de deuda puede describirse en dos tipos o dos opciones principales:
- Reunificación de deudas con hipoteca. Este tipo se puede decir que es el más común. A través de él se reunifican las cuotas incluyendo la hipoteca en una sola. Además permite alargar el plazo de la devolución hasta los 30 o 35 años con un interés ofertado por la entidad bancaria bastante competitivo. No obstante es importante indicar que el proceso que incluye toda esta reunificación de deuda es lento y no podrá ser superior al 80% del valor del propio inmueble. Además los pagos deberán estar al día y el banco cancelará todos los préstamos y contratará una nueva hipoteca.
- Reunificación de deudas sin hipoteca. En este caso es lo contrario al anterior. Se reunifican todas las deudas salvo la relacionada con la hipoteca. En este caso ofrece un período de devolución no tan largo, sino fijado entre los 10 y los 20 años y asociado en algunos casos a la solicitud de las entidades financieras no bancarias de un avalista o una propiedad como garantía. Se utiliza mucho cuando personas físicas o jurídicas quieren reunificar sus deudas con relación a contar con muchas por el desconocimiento financiero y su afán por acumular préstamos de coches, móviles, tarjetas de crédito…
Otras opciones también son posibles y la describimos en el siguiente listado:
- Reunificación de deudas con nóminas. Disponer de una nómina es un aliciente ante esta opción para quienes soliciten la reunificación. Lo que necesitan las entidades financieras y bancarias es contar con garantías de que ese préstamo se va a devolver bajo las nuevas condiciones pactadas, de modo que cuantas más garantías mucho mejor. Por ello el contar con una nómina es una ventaja si se quiere realizar.
- Reunificación de deudas estando en un fichero de morosos. En este punto ya hemos comentado que también es posible, pero seguramente que lo que la entidad solicite sea un avalista, ya que es una gran ventaja y sobre todo la garantía que buscan. Esto aumentará el nivel de seguridad para el banco con relación a la operación a ejecutar para reunificar las deudas.
- Reunificación de deudas con propiedades. Si se cuenta con propiedades es ya la garantía de la que hablamos para los bancos y servirá perfectamente. Cualquiera puede servir; inmuebles vacacionales, plazas de garaje, almacenes, oficinas, esto hace aumentar el valor como solicitante.
Por lo tanto y tras conocer todos estos conceptos, si se quiere llegar a reunificar deudas, lo primero es poner en conocimiento de un especialista, eso si no se cuenta con la formación necesaria o interés. Si no, simplemente debemos conocer cuántas deudas se cuentan y en qué estado están cada una y ver si figuramos en un fichero de morosos o incurrimos en algún impago.
Dependiendo de la situación la forma de actuar y los requisitos y condiciones que nos van a solicitar desde las entidades financieras o entidades bancarias, varían mucho. Éstas únicamente persiguen contar con garantías, las cuales hemos descrito anteriormente cuando nos hemos centrado en conocer los diferentes tipos de reunificación de deuda.
Lo que hay que tener claro que pese a estar en el peor de los casos que es contar con impagos y estar incluido en un fichero de morosos, también se puede optar a esa reunificación de deuda que perseguimos. Las condiciones serán otras y casi seguro se tenga que responder incluyendo en la operación propiedades, nóminas o avales.