El RIJ, el fichero de morosidad de la Abogacía Española

Servicios a disposición de los abogados

Reclamar impagos en el RIJ

Reclama tu deuda o la de tu cliente incluyéndola en el fichero RIJ y optimiza tu gestión de cobro

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Consulta gratuitamente impagos de particulares, autónomos y empresas para prevenir impagos y minimizar riesgos

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¿Qué es el RIJ?

El Registro de Impagados Judiciales es una plataforma online que permite a los abogados, por sí o por cuenta e interés de sus clientes, realizar gestiones de cobro de forma fácil y eficaz. 

La gestión de la reclamación se lleva a cabo por los agentes de la plataforma a través de un proceso automatizado que concluye, en caso de impago, con la inclusión del deudor en el fichero de morosos especializado, denominado RIJ.

La información publicada en el RIJ es accesible a millones de usuarios afectando a los criterios de Scoring y Rating utilizados para evaluar el riesgo del deudor y con ello a su capacidad crediticia y a su reputación empresarial, favoreciendo el pago de la deuda y aumentando la tasa de recobro.

La plataforma también permite consultar impagos de terceros para evitar riesgos futuros.

Preguntas frecuentes

¿Qué deudas pueden reclamarse o consultarse a través del RIJ?

Pueden reclamarse o consultarse en el RIJ deudas ciertas, vencidas, exigibles, no inferiores a 50€, cuya existencia o cuantía no hubiese sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor o mediante un procedimiento alternativo de resolución de disputas vinculante entre las partes. Los datos solo permanecerán en el sistema mientras persista el incumplimiento, con el límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito. Si el deudor es una persona jurídica este plazo se amplía hasta diez años desde el vencimiento de la obligación.

¿Quién tiene acceso a la información publicada en el RIJ?

Toda la información (relativa a particulares, autónomos o empresas) es accesible, previo cumplimiento de los requisitos legales oportunos, a todos los colegiados de España de manera gratuita, vía consulta directa.

Así mismo, cumpliendo con todos los requisitos legales, la información incluida en el Fichero RIJ es accesible a todo el sistema financiero y el tejido empresarial del país ya que los datos relativos a personas jurídicas son ofrecidos por la sociedad mercantil estatal INFORMA D&B (líder en el sector de la información comercial), a través de sus informes comerciales, al mercado privado de empresas, autónomos y particulares, así como a bancos y entidades financieras y los datos relativos a particulares y autónomos son puestos a disposición de las entidades adheridas a EXPERIAN BOUREAU DE CRÉDITO, S.A, llegando la información, de esta forma, a millones de usuarios.

¿Qué diferencia al RIJ de otros ficheros de morosos?

El fichero de morosos RIJ es pionero en el mundo por dos peculiaridades:

  • Porque recoge la deuda gestionada en los despachos de abogados (juras de cuentas, tasación de costas, deudas de cuotas de comunidad de propietarios, deuda de impagos de alquileres, deuda generada por impago de una pensión de alimentos, por una liquidación de gananciales, por una partición de herencia… ), una información clave que antes no estaba disponible en los mercados y por tanto no era tenida en cuenta para evaluar el riesgo del afectado.
  • Porque dicha información es accesible a millones de usuarios (particulares, autónomos, empresas, bancos o entidades financieras) a través de nuestro socio estratégico INFORMA D&B y de la mercantil EXPERIAN BOUREAU DE CRÉDITO, S.A.
¿La inclusión en el RIJ de una deuda por parte del letrado infringe la obligación de guardar un secreto profesional o vulnera el código deontológico?

A ambas preguntas la respuesta es no, el abogado no incumple el deber de guardar secreto profesional regulado en el art. 5 del Código Deontológico de la Abogacía ya que actúa en representación de su cliente cuando aporta al Fichero RIJ información relativa a deudas de las que dicho cliente sea acreedor y titular, y mucho menos cuando actúa en su propio nombre aportando información relativa a deudas de las que él mismo sea acreedor, como es el caso de deudas reconocidas en un procedimiento de Jura de Cuentas.

La Plataforma RIJ permite al abogado la descarga de un modelo de representación que puede firmar el cliente y aceptar el letrado, a los efectos de incluir una deuda concreta en el Fichero RIJ en nombre de aquél. 

Opiniones de Abogados

Publiqué en el RIJ, en representación de mi cliente, un decreto de firmeza de costas frente al condenado al pago. A la par presenté la correspondiente demanda de ejecución frente a este. Antes de obtener del juzgado la información patrimonial mi cliente ya había cobrado la deuda. Me resultó un método muy ágil para cobrar la deuda y el cliente quedó muy satisfecho por la celeridad en recuperar la cantidad que me había abonado en concepto de honorarios.

Ana Olmo Huertas

Abogada Colegiada 5862 ICAGR, Olmo&Torres Abogados

Incluí en el fichero RIJ una deuda verificada en procedimiento de jura de cuentas que insté frente a mi cliente. Fue fácil y cómodo y resultó ser un medio eficaz para el cobro de la misma. También valoro positivamente la transparencia en la gestión del expediente ya que me mantuvieron puntualmente informado del estado del mismo hasta su conclusión.

Juan María Galán Chillón

Abogado Colegiado 5633 ICAGR, López Galán Abogados

Rigurosos en el cumplimiento de la normativa de protección de datos y el Código Deontológico. Me ofrecen total confianza. ¡Los recomiendo!

María del Mar Torres Clemente

Abogada Colegiada 5381 ICAGR, Olmo&Torres Abogados

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