MASC, Contexto normativo y oportunidad

Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, el intento de alcanzar un acuerdo mediante un medio adecuado de solución de controversias (MASC) se configura como requisito de procedibilidad para la interposición de acciones judiciales en materia civil y mercantil, con las excepciones previstas en el artículo 5. Esta exigencia obliga a que el abogado, antes de presentar demanda, remita a la parte contraria una propuesta formal de solución consensuada.

Asimismo, conforme al criterio unificado del Ilustre Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia (ICNLAJ) de abril de 2025, las oficinas judiciales deben comprobar que las demandas incorporan la acreditación del intento MASC conforme a la redacción vigente de los artículos 264.4º, 399.3 y 403.2 LEC.

Paralelamente, el Registro de Impagados Judiciales, herramienta reconocida por el Ministerio de Justicia y vinculada al Consejo General de la Abogacía Española, permite incluir datos de morosos siempre que se cumpla previamente el requisito de advertencia fehaciente al deudor de su posible inclusión, conforme al artículo 20 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD).

Propuesta práctica: unificación de esfuerzos procesales y extraprocesales

Proponemos a todo el colectivo de la abogacía una práctica profesional que permita cumplir ambos marcos jurídicos con una única actuación notificada:

Que la propuesta formal de solución extrajudicial (oferta vinculante o negociación directa) que se remita a la parte contraria para cumplir el artículo 17 de la LO 1/2025 incluya expresamente la cláusula de advertencia de inclusión en el RIJ en caso de impago o falta de respuesta.

Ventajas del sistema propuesto:

  • Cumple con el requisito de procedibilidad exigido por la LO 1/2025 mediante la remisión fehaciente de una propuesta MASC.
  • Satisface el deber de advertencia previa exigido por el artículo 20 LOPDGDD, requisito indispensable para la inclusión de datos en el RIJ.
  • Evita presentar dos escritos al juzgado para publicar la deuda en el Fichero: cuando se interponga la demanda, bastará con acompañar el certificado de inclusión en el RIJ, sin necesidad de requerimiento previo por separado.
  • Mejora la posición del cliente acreedor frente a la parte deudora: se aumenta la presión preprocesal legítima, incentivando el pago o el acuerdo.
  • Contribuye a la eficiencia procesal y al uso responsable del sistema judicial, como destaca el artículo 7.4 de la LO 1/2025 en relación con el eventual abuso de la jurisdicción.

Contenido mínimo sugerido de la cláusula RIJ que debe incluirse en la comunicación MASC:

“Se le advierte expresamente que, en caso de impago de la cantidad reclamada, y transcurrido el plazo legalmente previsto sin haber alcanzado acuerdo, su incumplimiento podrá ser objeto de inclusión en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ), base de datos de morosos declarativos vinculada al Consejo General de la Abogacía Española, con los efectos reputacionales y jurídicos que ello conlleva, todo ello en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.”

Esta advertencia puede incorporarse en comunicaciones remitidas por correo electrónico con acuse, burofax, requerimiento notarial o por cualquier medio fehaciente, tal como exige el artículo 17.2 de la LO 1/2025.

Documentación a presentar con la demanda (si no hay acuerdo):

  1. Manifestación expresa en el escrito de demanda de que se ha intentado solución mediante MASC, conforme a lo previsto en el artículo 399.3 LEC.
  2. Justificante de remisión fehaciente (burofax, email con acuse, etc.) de la propuesta de solución que contenía la cláusula RIJ.
  3. Certificado de inclusión en el RIJ, como elemento de publicidad del impago vinculado a una reclamación judicial en curso.

Modelo de comunicación MASC con la cláusula RIJ ya integrada:

[Remitente: abogado de la parte requirente]
[Medio de envío: burofax con acuse de recibo / correo electrónico certificado / carta certificada con acuse]

OFERTA VINCULANTE CONFIDENCIAL (Art. 17 LO 1/2025)

REMITENTE: [Nombre del cliente], representado por el Letrado D./Dña. [Nombre del abogado, nº de colegiado y datos de contacto].
DESTINATARIO: [Nombre y apellidos / denominación social del deudor, con domicilio completo].

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 5 y 17 de la Ley Orgánica 1/2025, se le remite la presente oferta vinculante confidencial, en la que se formula una propuesta concreta de resolución de la controversia existente entre ambas partes, de forma previa al ejercicio de acciones judiciales.

Se le informa expresamente de que:

  • La aceptación de esta oferta tendrá carácter irrevocable y generará obligación jurídica de cumplimiento para la parte proponente.
  • En caso de rechazo o falta de aceptación expresa en el plazo de un mes desde la recepción de la presente (salvo que se indique un plazo superior), la oferta se considerará decaída conforme al artículo 17.3 LO 1/2025.
  • Se entenderá entonces cumplido el requisito de procedibilidad, quedando habilitada la vía judicial.
  • Esta comunicación tiene carácter confidencial y no podrá ser utilizada con fines distintos a los de la presente negociación.

Asimismo, y conforme al artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), se le advierte que, en caso de persistir el impago o la falta de acuerdo, su incumplimiento podrá ser objeto de inclusión en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ), fichero de titularidad privada vinculado al Consejo General de la Abogacía Española, con los efectos legales, reputacionales y crediticios que ello comporta.

“Se le advierte expresamente que, en caso de impago de la cantidad reclamada, y transcurrido el plazo legalmente previsto sin haber alcanzado acuerdo, su incumplimiento podrá ser objeto de inclusión en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ), base de datos declarativa de morosos vinculada al Consejo General de la Abogacía Española, con los efectos reputacionales y jurídicos que ello conlleva, todo ello en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.”

Sirva el presente requerimiento a los efectos de interrumpir la prescripción conforme al artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2025.

GUÍA PASO A PASO PARA IMPLANTACIÓN EN DESPACHOS

PASO 1. Redactar la propuesta MASC (oferta vinculante o negociación)

  • Incluir cláusula de confidencialidad y referencia a la LO 1/2025.
  • Incorporar advertencia RIJ conforme al art. 20 LOPDGDD.

PASO 2. Enviar la comunicación por medio fehaciente

  • Preferentes: burofax, e-mail certificado, carta certificada con acuse.
  • Conservar justificante de remisión y recepción.

PASO 3. Esperar el plazo de un mes

  • Si hay aceptación: redactar acuerdo.
  • Si hay rechazo o silencio: la oferta decae (art. 17.3 LO 1/2025).

PASO 4. Incluir al deudor en el RIJ

PASO 5. Presentar demanda judicial

  • Fundamento en artículo 5 y 17.3 LO 1/2025.
  • Incluir en la demanda:
    • Manifestación expresa del intento MASC.
    • Justificante del envío de la propuesta.
    • Certificado de inclusión en el RIJ.

Modelo de demanda MASC+ RIJ

Aquí te dejo un modelo orientativo de demanda sencillo que puede ser utilizado después de haber incluido la advertencia de inclusión en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) dentro de la propuesta de solución negociada extrajudicial. Esta demanda refleja el cumplimiento del requisito de procedibilidad, la inclusión del deudor en el RIJ, y cumple con las normativas y criterios relevantes:

[Nombre del Procurador]
Procurador de los Tribunales
[Nombre del Abogado]
Abogado/a del Sr./Sra. [Nombre del Demandante]
Colegiado/a nº [Número de Colegiado]
Dirección: [Dirección del Despacho]
Teléfono: [Número de teléfono]
Correo electrónico: [Correo electrónico]

AL JUZGADO DE [Ciudad]
[Nombre del Tribunal]
[Dirección del Tribunal]

[Nombre del Demandante], mayor de edad, con domicilio en [Dirección del Demandante], y provisto de DNI/NIE nº [Número], comparezco en nombre y representación de [Nombre del Demandante], y en virtud de la representación que ostento, formulo la siguiente demanda por [especificar la naturaleza de la demanda, por ejemplo, reclamación de cantidad] contra [Nombre del Demandado], mayor de edad, con domicilio en [Dirección del Demandado], con fundamento en los siguientes

HECHOS

  1. Que el demandante es titular de una deuda contraída con el demandado en virtud de [descripción breve de la relación o contrato que originó la deuda].
  2. Que, en cumplimiento de la normativa aplicable y de acuerdo con la Ley Orgánica 1/2025, de 7 de enero, de eficiencia procesal, y los requisitos de procedibilidad establecidos en la misma, se ha intentado la resolución de la controversia mediante un acuerdo negociado entre las partes.
  3. Que, conforme al artículo 17 de la Ley 1/2025, se ha remitido una oferta vinculante confidencial al demandado, en la cual se le advertía expresamente de la inclusión en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) en caso de no aceptar dicha oferta. La oferta fue enviada por [medio de remisión: burofax, correo electrónico, etc.] el [fecha] y se recibió por el demandado el [fecha].
  4. Que, al no haber sido aceptada la oferta vinculante por el demandado dentro del plazo de un mes establecido por la Ley 1/2025, y al no haberse alcanzado ningún acuerdo sobre la controversia, se procede a interponer la presente demanda judicial, con lo cual se considera que se ha cumplido con el requisito de procedibilidad.
  5. Que, en virtud de lo establecido en el artículo 17.3 de la Ley 1/2025, la oferta vinculante ha decaído debido a la falta de aceptación expresa por parte del demandado dentro del plazo legal.
  6. Que conforme a la normativa que regula la protección de datos personales y los ficheros de morosos, el demandante ha procedido a comunicar los datos del demandado en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ). Así lo acredito mediante certificación de inclusión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Jurisdicción y competencia: La competencia para conocer de esta demanda corresponde al Juzgado de [indicar el tipo de juzgado correspondiente], en virtud de lo dispuesto en [artículo y norma que corresponda].
  2. Requisito de procedibilidad: Conforme al artículo 17 de la Ley 1/2025, de 7 de enero, de eficiencia procesal, se cumplió con el requisito de procedibilidad al intentar la solución extrajudicial de la controversia mediante la oferta vinculante confidencial, la cual no fue aceptada por el demandado. A los efectos de la Ley 1/2025, se adjunta la prueba de la remisión de dicha oferta y su rechazo, así como la justificación documental del registro en el RIJ.
  3. Normativa sobre el Registro de Impagados Judiciales (RIJ): La inclusión del demandado en el RIJ se ajusta a lo dispuesto en la normativa que regula la gestión de ficheros de morosos, y el demandante ha cumplido con las obligaciones de advertencia previa al demandado sobre la inclusión en dicho fichero.
  4. Sobre la inclusión en el RIJ: El artículo 20 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, 3/2018 de 5 de diciembre, sobre el tratamiento de datos personales en ficheros de morosos, establece que el deudor debe ser debidamente informado antes de ser incluido en el fichero. El demandante ha cumplido con este requisito, habiendo informado al demandado en la propuesta de oferta vinculante sobre la posibilidad de su inclusión en el RIJ en caso de impago.

PETICIÓN

Por lo expuesto, a este juzgado solicito:

  1. Que se admita la demanda interpuesta y se proceda conforme a derecho a la resolución del litigio.
  2. Que, en su caso, se estime la demanda y se condene al demandado al pago de la cantidad de [cantidad reclamada], más los intereses legales y las costas que pudieran derivarse de este proceso.
  3. Que se tenga por acreditado el cumplimiento del requisito de procedibilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1/2025.
  4. Que se tenga por hechas las manifestaciones relativas a la inclusión del demandado en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ), a los efectos de la LOPD.
  5. OTROSÍ DIGO:
    Que, a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad, adjunto los siguientes documentos:
  1. Copia del burofax (o medio de remisión utilizado) enviado al demandado, con la oferta vinculante confidencial.
  2. Certificado de inclusión en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) del demandado.
  3. Justificante de la recepción de la oferta vinculante por parte del demandado.

En [Ciudad], a [Fecha].
[Firma del Procurador]
[Firma del Abogado]
[Nombre y apellidos del Abogado]