En este post os hablamos de cómo salir de un juicio monitorio, un proceso muy común y que puede tener diferentes maneras de finalizar.
Primero, aclararemos qué es un juicio monitorio. Es un proceso judicial cuyo objetivo es agilizar el pago de deudas. Es un procedimiento legalmente regulado para que sea relativamente sencillo y rápido, al que se pueden acoger tanto empresas como autónomos y particulares.
¿Qué características tienen las deudas a reclamar en un juicio monitorio?
Para poder reclamar una deuda en un juicio monitorio, ésta debe ser líquida, vencida y exigible, sin tener en cuenta el importe de la misma (que sí es un factor importante, pero para gestiones posteriores).
Para poder iniciar el procedimiento, es necesario acreditar debidamente que existe la deuda. Para ello, se pueden aportar los documentos en los que aparezcan los datos de las dos partes implicadas (deudor y acreedor), así como el concepto por el que se produjo la deuda (puede ser por la prestación de algún servicio, por la venta de productos, etc.). En este punto, cabe destacar la importancia de llevar un registro por escrito de todas las ventas u operaciones que se hagan en nuestro negocio, ya que el documento que deje constancia de las mismas, como un albarán, una hoja de pedido o una factura, entre otros, sirve para justificar la deuda y poder alegarla en caso de tener que iniciar acciones legales. Y, si la deuda está debidamente justificada, a la parte deudora le costará más trabajo salir de un juicio monitorio sin abonar el importe correspondiente.
¿Cómo funciona un juicio monitorio?
El procedimiento depende principalmente de la cantidad a reclamar. En un inicio, independientemente del importe el procedimiento monitorio se podrá instar por el interesado sin contar con abogado y procurador, aunque siempre es aconsejable recabar la asistencia de los profesionales del Derecho para realizar este tipo de gestiones. Posteriormente, si el demandado contesta oponiéndose, dando lugar a la transformación del procedimiento en el correspondiente verbal u ordinario, será necesaria la presencia de abogado y procurador cuando el importe reclamado sea superior a 2.000 euros.
¿Cómo se puede salir de un juicio monitorio?
Existen varias maneras de salir de un juicio monitorio o acabar con cualquier tipo de procedimiento legal. Hoy nos centraremos en las vías para dar por finalizado el primero.
Las tres maneras de salir de un juicio monitorio son que el moroso abone la deuda contraída, que el moroso no responda a las notificaciones del Juzgado y se entienda que está de acuerdo o que el demandado se oponga al resultado del mismo. Vamos a analizarlas detenidamente y una a una.
- El demandado acepta la deuda:
Sin duda alguna, es la situación más beneficiosa para ambas partes. Por un lado, la parte acreedora por fin recibe el importe adeudado. Y, por otro, la parte demandada, aunque no considere una ventaja tener que pagar, evitará situaciones y problemas mucho más comprometidos y que le pueden ocasionar consecuencias mucho más graves, como el embargo de sus bienes. En resumen: la mejor manera de salir de un juicio monitorio para ambas partes, ya que es la más rápida y la que menos gastos conlleva. El proceso finaliza y se da por zanjada la deuda, sin más acciones al respecto.
- El demandado no responde a la notificación del Juzgado:
Cuando el juzgado recibe la demanda por parte del acreedor o su representante legal, inicia una serie de trámites, entre los que se encuentran localizar y notificar a la parte demandada al inicio del proceso.
Si la parte demandada no responde a la notificación del Juzgado, se sobreentiende que el demandado está de acuerdo en los términos de la demanda y con las condiciones de la misma.
Así que, si no abona el importe que debe en el plazo establecido (20 días), se puede iniciar el proceso de ejecución que puede culminar con el embargo de los bienes disponibles para hacer frente de la deuda (se puede embargar tanto una parte de la nómina, si la tiene, como su cuenta bancaria o incluso bienes inmuebles si dispone de ellos, siempre dependiendo del importe adeudado).
Al importe adeudado, se le añaden las costas judiciales y los gastos derivados del proceso, si los hubiere.
En este caso, el proceso monitorio también se da por finalizado.
- El demandado se opone a la demanda:
Si se da esta situación, se da por finalizado el proceso monitorio y se tiene que iniciar un nuevo procedimiento, que se canalizará por la vía del procedimiento verbal u ordinario para reclamar el impago:
Si la cantidad reclamada es inferior a 6.000 euros, se inicia un juicio verbal para solicitar el pago de la cantidad, si es superior a esa cuantía, habrá de acudirse al procedimiento ordinario.
Estas son las tres maneras que existen de salir de un juicio monitorio, que puede derivar en otras acciones judiciales dependiendo de cómo termine el proceso. Si te encuentras ante alguno de estos casos, recuerda que siempre puedes reclamar tus deudas a través del Fichero de solvencia y crédito RIJ, afectando a la capacidad crediticia y a la reputación empresarial del deudor, que para no ver bloqueada su financiación y sus posibilidades de contratar con terceros deberá proceder al inmediato pago o transacción de la deuda.
Preguntas frecuentes sobre el cobro de deudas
- ¿Existe un plazo para comparecer en el juzgado en un juicio monitorio?
Sí. Una vez que se inician los trámites y se aporta la documentación que justifica la deuda, el juez solicita al demandado el pago en un plazo de 20 días.
Si el demandado no comparece en dicho plazo de tiempo, el juez archivará el proceso monitorio y quedará abierta para el acreedor la posibilidad de iniciar la ejecución de la deuda. Existe un plazo de hasta 5 años para proceder a solicitar el embargo de los bienes del demandado para hacer frente al pago de la deuda contraída, así como a los gastos derivados del juicio monitorio.
- ¿Se puede llegar a un acuerdo aunque se haya iniciado un juicio monitorio?
Sí. Aunque no estemos hablando de un acuerdo extrajudicial de pagos en los términos establecidos en la normativa concursal, una vez iniciado el proceso se pueden negociar los términos del mismo. En cualquier momento del proceso se puede llegar a un acuerdo para fraccionar los pagos o abonar la deuda de alguna manera beneficiosa para ambas partes para salir de un juicio monitorio.
Para poder contar con más margen de maniobra, se puede solicitar la suspensión del juicio monitorio para pasar a un procedimiento de negociación extrajudicial, para lo que es esencial que ambas partes demuestren su voluntad de llegar a un acuerdo. Además, la parte demandada debe reconocer la deuda y manifestar su intención de abonarla con flexibilidad por la otra parte implicada.
- ¿Existe un importe mínimo para iniciar los trámites de un juicio monitorio?
No. No existe una cantidad mínima adeudada para poder iniciar los trámites. Es una pregunta muy frecuente cuando se trata de impagos, ya que mucha gente cree que existe un importe mínimo para poder interponer la demanda. Independientemente de esto, también mucha gente se lo piensa dos veces, ya que les surgen las dudas sobre si realmente les merecerá la pena iniciar los trámites para importes “pequeños” (es una apreciación subjetiva y, en cualquier caso, se trata de un dinero que es suyo). Para ello, lo más recomendable es consultar siempre con un profesional en la materia que nos asesore de la mejor manera posible.
- ¿Cómo se puede pagar una deuda en el juzgado?
Tras salir de un juicio monitorio, la parte condenada al pago tendrá que abonar la deuda y, muy probablemente, las costas judiciales y los gastos derivados del proceso, si los ha habido.
Para ello, una opción es hacer una trasferencia al número de cuenta que le indiquen en el juzgado, con la referencia correspondiente asociada al expediente de la demanda. También puede pagar directamente al acreedor.