• Una nueva diligencia de ordenación muestra la eficacia de la cláusula antimorosidad del Registro de Incidencias e Impagados Judiciales, desarrollada por el Consejo General de la Abogacía Española
  • El letrado de la Administración de Justicia de un Juzgado de Canarias, en cumplimento de la cláusula RIJ incorporada por el abogado en la demanda, da traslado al deudor de su posible inclusión en el fichero de morosidad si no hace frente al pago

La cláusula antimorosidad del Registro de Incidencias e Impagados Judiciales (RIJ), impulsada por el Consejo General de la Abogacía Española, se está consolidando como una herramienta crucial para agilizar las reclamaciones de cantidad en los juzgados españoles. Su valor radica en que permite a los abogados incluir, en el mismo procedimiento judicial, bien en la demanda o en escritos judiciales, el requerimiento de pago y la advertencia de inclusión en el RIJ, siendo el órgano judicial el encargado de informar al deudor. Esto no solo refuerza la presión sobre los deudores, sino que también agiliza procedimientos judiciales y contribuye a descongestionar la justicia.

Otro ejemplo reciente de la aplicación efectiva de esta cláusula aparece en una diligencia de ordenación emitida por un Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, que subraya la eficacia de esta innovadora y pionera disposición legal, ideada por la Abogacía Española para poner freno a la morosidad judicial.

A continuación, se analizan los aspectos más destacados de esta nueva diligencia de ordenación:

Extractos del documento judicial:

La diligencia, fechada el 10 de octubre de 2024, recoge cómo se implementa la cláusula RIJ en el marco de un procedimiento de ejecución judicial. Los puntos clave son:

  1. En la diligencia, el juzgado certifica la consignación de una cantidad económica a favor del demandante y da paso a su ejecución:

«Se tienen por hechas las manifestaciones en los mismos contenidas y por aportado resguardo del ingreso en la cuenta de consignaciones de la cantidad de 1.000,00 euros. Queda pendiente de expedir el correspondiente mandamiento de pago a favor de la parte actora.»

Este punto demuestra cómo el proceso avanza de manera efectiva hacia el cumplimiento de las obligaciones del deudor.

  1. Advertencia al deudor sobre su inclusión en el RIJ
    La diligencia también se ocupa de notificar al deudor su posible inclusión en el Registro de Incidencias e Impagados Judiciales en caso de incumplimiento, destacando:

«Se tienen por hechas las manifestaciones en los mismos contenidas respecto a la inclusión de la parte ejecutada […] en el Registro de Impagados Judiciales, de lo que se da traslado a dicha parte ejecutada a los efectos oportunos.»

Este extracto ilustra cómo la advertencia de inclusión en el RIJ constituye un mecanismo persuasivo que incentiva el cumplimiento del pago antes de que las consecuencias legales y reputacionales se materialicen.

Advertencia sobre el Registro de Incidencias e Impagados Judiciales

La eficacia del Sistema de Información Crediticia de la Abogacía Española también actúa como una herramienta preventiva frente a la morosidad. Los deudores deben tener en cuenta que, en caso de incumplimiento, no solo se enfrentan a las consecuencias legales, sino también a las reputacionales. La inclusión en el RIJ significa:

  • La publicación de la deuda pendiente supone una exposición pública del impago, cumpliendo con toda la normativa vigente en materia de Protección de datos, siendo accesible al sistema financiero y empresarial español, lo que acelera exponencialmente el recobro. Esta deuda hasta el lanzamiento del RIJ se gestionaba de manera silenciosa en los despachos de abogados, lo que ralentizaba su cobro, situándose el periodo medio de las ejecuciones de impagos en nuestro país en más de tres años. El uso con éxito del fichero de morosidad de la Abogacía Española ha logrado ya reducir estos plazos a menos de veinte días.
  • Esta visibilidad de la deuda afecta directamente a la confianza crediticia y comercial del deudor.

Este efecto disuasorio gracias a la implementación de la cláusula RIJ refuerza el cumplimiento y evita mayores dilaciones en los procedimientos judiciales.

Beneficios de la cláusula antimorosidad RIJ

La importancia de esta herramienta radica en los siguientes aspectos:

  1. Eficiencia procesal: Al integrar el requerimiento de pago y la advertencia en el mismo procedimiento judicial, los abogados evitan trámites adicionales y optimizan los tiempos de gestión.
  2. Presión disuasoria: La posibilidad de ser incluido en el RIJ genera un incentivo inmediato para que los deudores cumplan con sus obligaciones, ya que las consecuencias de esta inclusión afectan tanto su reputación como su capacidad financiera.
  3. Descongestión de los juzgados: Al facilitar el cobro de deudas y reducir la necesidad de procedimientos adicionales, la cláusula RIJ contribuye a agilizar el sistema judicial y a liberar recursos en los tribunales.

Conclusión

La diligencia de ordenación del Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas de Gran Canaria confirma que la cláusula antimorosidad del RIJ está cumpliendo su propósito: agilizar los procedimientos judiciales y fortalecer la presión sobre los deudores. Esta herramienta no solo representa un avance significativo en la lucha contra la morosidad, sino que también constituye una solución legal práctica para aliviar la carga de los juzgados españoles.

La cláusula RIJ no es solo una medida legal; es un cambio en las reglas del juego que está transformando la forma en que se gestionan las deudas judiciales en España, beneficiando tanto a los profesionales del derecho como al sistema judicial en su conjunto, así como al sector empresarial y la salud económica del país.

ACCEDE AL RIJ: www.registrodeimpagadosjudiciales.es

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