Una nueva diligencia de ordenación pone en evidencia la eficacia del uso de la cláusula RIJ por parte del abogado del acreedor para frenar la morosidad en las comunidades de propietarios y contribuir a descongestionar los juzgados

La morosidad sigue siendo uno de los mayores desafíos que enfrentan las comunidades de propietarios en España. El incumplimiento en el pago de las cuotas por parte de algunos vecinos genera tensiones y problemas económicos que afectan al conjunto de la comunidad. Frente a este problema, el Registro de Incidencias e Impagados Judiciales (RIJ), desarrollado por la Abogacía Española, se ha consolidado como una solución eficaz y definitiva para abordar el problema de los impagos en las comunidades de propietarios, garantizando la seguridad jurídica. Este sistema, además de facilitar el recobro de deudas, está avalado por los propios juzgados españoles, que están emitiendo diligencias de ordenación que reconocen su utilidad y cumplen con las exigencias legales.

Caso práctico: El uso del RIJ para combatir la morosidad en las comunidades de propietarios

EL RIJ ha diseñado una innovadora disposición legal, la cláusula antimorosidad RIJ, para que los abogados del acreedor puedan hacer el requerimiento de pago y la advertencia de inclusión en el Sistema de Información Crediticia de la Abogacía Española, en el mismo procedimiento judicial, bien en la demanda o escrito judicial, a través del órgano judicial.

El uso de esta disposición legal, pionera en nuestro país, está permitiendo reducir drásticamente los tiempos de cobro en las ejecuciones de impagados, de los más de tres años de media actuales, según la Memoria del Consejo General del Poder Judicial, a menos de 20 días.

En el caso de la morosidad en las comunidades propietarios, la cláusula antimorosidad RIJ se ha consolidado como una herramienta muy eficaz para poner freno a la morosidad. Una nueva diligencia de ordenación de un Juzgado de Primera Instancia de Torrejón de Ardoz pone en evidencia la importancia de incorporar la cláusula RIJ al procedimiento judicial, ya que, gracias a este novedoso servicio de notificación judicial gratuito, el abogado consigue que se informe al deudor de su posible inclusión en el fichero RIJ si no hace frente al pago.

La clave del éxito: el aviso al deudor en los escritos judiciales

Un elemento crucial en el uso del RIJ es la notificación previa al deudor de su posible inclusión en el fichero de morosidad. Los juzgados españoles están reconociendo este proceso como válido y efectivo, tal como evidencia la siguiente diligencia de ordenación emitida por un juzgado:

“Póngase en conocimiento del ejecutado que se va a proceder por la ejecutante a solicitar la inclusión en el Registro de Impagos Judiciales de sus datos personales, relativos a la deuda contraída en este procedimiento con la Comunidad de Propietarios.”

Este aviso cumple con las exigencias legales de notificación previa y pone de manifiesto las consecuencias reales de mantener una deuda impagada.

Impacto del aviso en el deudor

  • Afectación al historial crediticio: la inclusión en el RIJ puede influir negativamente en el perfil financiero del deudor, reduciendo su capacidad de acceder a créditos y financiación.
  • Limitación de operaciones económicas: dificulta la firma de contratos con terceros, como arrendamientos o suministros básicos.
  • Presión efectiva para el pago: ante el riesgo de quedar registrado, muchos deudores optan por saldar su deuda para evitar mayores complicaciones.

Incorporar el uso del RIJ desde la constitución de la comunidad de propietarios

Para los Administradores de Fincas y Abogados, la clave está en integrar el RIJ desde el inicio, incorporando su uso en:

  • Estatutos de la Comunidad: incluir cláusulas específicas que autoricen al presidente a notificar y gestionar el uso del RIJ en caso de impagos.
  • Reglamento de Régimen Interno: establecer un protocolo claro que contemple el aviso previo al deudor y la gestión a través del RIJ.
  • Convocatorias de juntas: aprobar en el orden del día la posibilidad de incluir deudas en el RIJ, facilitando su uso ante futuros casos de morosidad.

Publicación en el fichero para frenar

Los datos del deudor se incorporan al RIJ, conectado con más de 25,000 oficinas bancarias y entidades financieras, lo que amplifica la presión para el pago y maximiza las posibilidades de recobro, evitando la morosidad en las comunidades de propietarios.

El respaldo de los juzgados y la eficacia del RIJ

El reconocimiento del RIJ por parte de los juzgados, a través de diligencias de ordenación como la mencionada, refuerza su legitimidad y eficacia. Además de cumplir con los requisitos legales, el uso del RIJ dinamiza la gestión de impagos y aporta beneficios clave:

  • Aceleración del proceso judicial: al notificar al deudor sobre su inclusión, se agiliza el procedimiento de ejecución.
  • Mayor presión para el pago: el riesgo de ser incluido en un fichero consultado por bancos y grandes empresas impulsa al deudor a resolver su deuda rápidamente.
  • Reducción de costes: la publicación judicializada es gratuita, y los servicios de notificación tienen precios adaptados a las necesidades de las comunidades.

Conclusión: un aliado para Administradores de Fincas y Abogados

El Registro de Incidencias e Impagados Judiciales no solo es una herramienta legal y efectiva, sino que además cuenta con el respaldo de los juzgados, lo que refuerza su utilidad para combatir la morosidad. Desde la notificación al deudor hasta la publicación en el fichero, el RIJ ofrece una solución integral que:

  • Optimiza la gestión de impagos.
  • Protege la viabilidad económica de las comunidades de propietarios.
  • Mejora la tasa de recobro con métodos probados por el sector financiero.

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Visita la web www.registrodeimpagadosjudiciales.es o contacta con Reyes Rodríguez Zarza en reyes@registrodeimpagadosjudiciales.es para recibir más información.

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