El año 2020 se ha presentado complicado en todos los sectores y como no podía ser de otra forma, uno de los ámbitos más afectados y que no escapa a la crisis que estamos viviendo a nivel mundial provocada por la pandemia, es el judicial.
La morosidad judicial se ve altamente incrementada por las crisis económicas y sociales derivadas precisamente de la sanitaria. Está claro que estamos hablando en todo momento de una crisis mundial, que afecta a todos los países y a todos los sectores, pero casi un año después del conocimiento de la Covid-19 y las medidas de confinamiento domiciliario, España es uno de los países más afectados por todas estas medidas tanto a nivel sanitario como, por supuesto, económico.
Esto hace que directamente la curva de la morosidad judicial a la que nos referimos, sea visible al alza, generando un panorama altamente complicado y poco prometedor dentro del ámbito judicial y concretamente en la recuperación por parte de los acreedores de las deudas que ya tienen asociada, además, una sentencia firme. Deudas que deben ser abonadas, precisamente por el deudor, siguiendo el marco legal que se ha establecido en cada caso.
¿Qué entendemos como morosidad judicial?
En otras ocasiones hemos hablado en RIJ sobre este término de morosidad judicial que se está haciendo cada vez más popular, precisamente por la notoriedad que está cobrando en medios de comunicación de todo tipo.
La morosidad es el estado en que se encuentra una persona ya sea física o persona jurídica que no ha cumplido con el pago de una obligación dineraria una vez que ésta ha vencido. Y en este caso, al incluir la coletilla de morosidad judicial nos referimos a la deuda de esta persona física o jurídica que está reconocida en una resolución judicial firme.
Llegados a este punto es importante hacer hincapié en un aspecto fundamental que ha conseguido arrojar algo de luz dentro de todo este proceso para poder agilizar, en cierta medida, esta morosidad judicial que estamos desgranando.
El Registro de Impagados judiciales nace de la clara idea de acabar con las ejecuciones judiciales infructuosas tras largos años de litigio judicial en reclamación de una deuda. Además, consigue al mismo tiempo, otorgar transparencia al proceso, aportando seguridad y confianza al sistema financiero y a los mercados a través de información relevante sobre solvencia y riesgo crediticio de personas físicas y jurídicas.
El RIJ es un novedoso fichero de morosidad destinado a recoger información de deudas líquidas vencidas y exigibles a partir de 50 euros y reconocidas, además, mediante una resolución judicial firme, aportada por los acreedores de las mismas a través de profesionales del sector judicial como procuradores, graduados sociales o abogados que representan durante todo el proceso al objeto de su difusión al sistema financiero español y terceros que acrediten un interés legítimo en acceder a tal información.
Una auténtica revolución que posiciona a España a la vanguardia de la innovación en este campo y que permite que los profesionales del sector jurídico puedan contar con esta herramienta que dota de gran transparencia y seguridad el tráfico jurídico y mercantil.
El impacto del año 2020 en el aumento de morosos
La administración en el sector judicial atraviesa una situación complicada que se ha visto seriamente agravada durante este pasado año 2020 y que seguirá patente durante este 2021. La recuperación de los tiempos y los plazos resultará muy complicada, ya que los aplazamientos de juicios por el cierre de los juzgados a causa de la pandemia, ha descabalado todavía más la estructura y la organización establecida.
Podemos hablar incluso, de que la administración de justicia atraviesa una situación casi crítica donde los principales afectados y en quien repercute todo esto, es en los propios ciudadanos, en todos aquéllos que necesitan resolver sus cuestiones jurídicas ya sea en el ámbito civil, penal, laboral…
Algunas de las manifestaciones del mal funcionamiento del sistema judicial radican en la lentitud del despacho diario de los asuntos, incumplimiento de plazos y/o términos dictaminados en la Ley, también la mora en el dictado de las sentencias o en la notificación y citas para acudir a los propios juzgados, precisamente por el colapso que en ellos se vive día a día y que se arrastra desde antes de la pandemia.
Por lo tanto, el impacto de esta morosidad judicial en primera instancia recae directamente en el ciudadano que no puede hacer otra cosa que resignarse a la situación y confiar en los profesionales jurídicos que ha contratado para representarlo durante todo el proceso judicial en que se verá inmerso. Abogados, procuradores, gestores… Deben estar en todo momento informados y atentos a estos plazos, citaciones e indagaciones en los juzgados para mantener informado a su cliente lo máximo posible y en todo momento para que el proceso sea lo menos tedioso posible.
Lo que está claro es que el Estado de Derecho, con o sin pandemia, debe seguir activo y funcionando a pleno rendimiento. Debe sobreponerse ante circunstancias excepcionales como las que estamos viviendo y se debe diseñar un plan o una estrategia para intentar solventar toda esta situación y hacer que el engranaje siga su curso.
La batalla contra la morosidad judicial
Reducir la morosidad judicial es uno de los principales objetivos que el sector jurídico tiene presente en su día a día. En otras ocasiones hemos tratado ya este aspecto sobre todo en lo que se refiere a intentar poner soluciones para poder disminuir esta morosidad judicial. Una morosidad judicial que se ha incrementado en este año 2020 y que se prevé siga creciendo y en la misma tendencia ascendente en este 2021 por la actual situación económica. Muchas son las sentencias que tras ser dictaminadas y ser firmes, quedan incumplidas o han tenido un cobro infructuoso dejando a los ciudadanos indefensos ante los morosos.
Con el fin de atacar directamente a este problema que presenta España en cuanto a la morosidad judicial, el área de la abogacía se ha decidido a crear su propio registro de morosos para poder ejercer la mayor presión posible sobre los deudores y permitir un mayor cobro de deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas a través de una sentencia firme. Cumpliendo en todo momento con toda la normativa legal que aparece reflejada en la Ley de Protección de Datos.
La digitalización ha conseguido con este fichero que se vaya ganando paso a la batalla de la morosidad judicial en nuestro país, a través de la publicación en el Registro de Impagados Judiciales del incumplimiento de resoluciones judiciales firmes de asuntos tales como pensión de alimentos, contrato de alquiler, compraventa o incumplimiento de obligación de pago por una Administración Pública.
Además, este fichero RIJ ofrece a los abogados la posibilidad de consultar y poner en su conocimiento la solvencia de posibles clientes o de la parte contraria, mejorando con esto la seguridad jurídica.
El RIJ va a cumplir su primer año de vida y durante todo este proceso muchos son los abogados que han disfrutado y comprobado su eficacia. Las nuevas tecnologías al servicio de la abogacía para la consulta y reclamación de deudas avaladas por su alta tasa de recobro. Recuperar el dinero es posible y este fichero consigue arrojar algo de luz dentro de la batalla contra la morosidad judicial.