El colapso Judicial y las sentencias infructuosas: Desafíos crónicos de la justicia española
El sistema judicial español ha enfrentado históricamente desafíos sustanciales, desde la lentitud en los procesos hasta la falta de cumplimiento de sentencias, poniendo en entredicho el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española, que asegura a todos los ciudadanos un acceso a la justicia de manera justa en un plazo razonable. La realidad actual dista de esta aspiración constitucional, especialmente en procesos de reclamación de deudas. En este contexto, el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) ha sido desarrollado, por la Abogacía Española, como una solución innovadora al colapso judicial que está transformando la justicia española en su corta pero impactante existencia.
Según los últimos datos publicados por el Consejo General del Poder judicial, los asuntos pendientes de resolver en los tribunales y juzgados españoles han crecido aumentaron un 18,5%durante el tercer trimestre del año, rozando ya los cuatro millones pendientes de tramitación. Estos demoledoras cifras confirman la situación de colapso de la justicia española.
El RIJ como Agente Transformador
El RIJ aborda directamente estos problemas al acelerar el proceso de cobro de deudas judiciales. La introducción por los abogados en sus escritos judiciales, de la cláusula RIJ, por la que el acreedor advierte al deudor sobre su inminente inclusión en el sistema de información crediticia de la Abogacía española, de persistir en el impago, ha revolucionado la dinámica del recobro, asegurando que no solo las partes involucradas en un proceso de reclamación judicial de cantidad, sino también terceros, como bancos, entidades financieras y compañías de seguros, estén informados de la existencia de la deuda.
En este escenario, el RIJ se posiciona como un agente de cambio al introducir una solución concreta para aliviar el colapso judicial. A través de su plataforma, los procesos relacionados con las deudas judiciales se agilizan, reduciendo significativamente los plazos y optimizando la gestión de casos.
La Cláusula RIJ como Escudo Protector
El RIJ ha buscado una forma novedosa para garantizar la notificación al deudor de su inclusión en su base de datos sobre incumplimiento de obligaciones de pago sin que ello tenga coste alguno para el acreedor.
Para ello propone que las notificaciones al deudor previas a su inclusión en el Registro de Impagados Judiciales, exigidas por ley, se realicen a través del órgano judicial, en lugar de enviarse por medios certificados, incorporando el letrado la cláusula de advertencia de inclusión en el Fichero RIJ en sus escritos judiciales (demanda ordinaria, monitorio, demanda de ejecución…).
De esta forma los acreedores se ahorran los costes y las incidencias del envío postal y se obtiene la publicación gratuita de las deudas en el fichero, evitando sanciones e indemnizaciones por inclusiones indebidas, respetando estrictamente las prescripciones del artículo 20 de la Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales.
El pionero servicio incorporado al RIJ supone una aportación sin precedentes al sistema jurídico español al abrir una nueva vía, a través de una sencilla cláusula que se incluye en la demanda o escrito judicial, para garantizar la máxima seguridad y eficacia en el requerimiento de pago y la notificación de inclusión en el Sistema de Información Crediticia de la Abogacía Española.
La cláusula RIJ es un instrumento legal que particulares, empresas, profesionales y autónomos pueden usar, además, incluyéndola en sus contratos con clientes para protegerse de los impagos.
Innovación en acción para agilizar los procedimientos y paliar el colapso judicial
El Registro de Impagados Judiciales ha incorporado una funcionalidad única en el mundo legal, permitiendo que las notificaciones preceptivas, previas a la inclusión de un deudor en el Fichero, se realicen través de órgano judicial en lugar de por medios postales incluyendo el abogado directamente en la demanda o escrito judicial la cláusula RIJ. Este innovador sistema de notificación gratuito, respaldado por la reciente doctrina jurisprudencia del Tribunal Supremo, ha cambiado la forma en que los abogados abordan el proceso de cobro.
Su valor diferencial es, precisamente, que permite aflorar deuda del mercado privado que, hasta su lanzamiento, no estaba disponible en los tradicionales sistemas de información crediticia que principalmente recogen deudas financieras y de grandes Utilities.
La información sobre deudas del sector privado (impago de pensiones de alimentos, de cuotas de comunidad de propietarios, de alquileres, de salarios…) es un gran indicativo sobre los problemas de solvencia de los ciudadanos y empresas. Esta información, única y exclusiva, que se gestionaba de forma silenciosa en los despachos profesionales, es ya accesible al sistema financiero y empresarial gracias al RIJ.
De esta forma, la cláusula RIJ se ha convertido en la mayor protección frente a los impagos y una solución eficaz para paliar el colapso judicial.
Con el aval de los juzgados
Su implementación ha sido posible gracias al aval de jueces y letrados de la Administración de Justicia que están aceptando ya su utilización en juzgados de todo el territorio nacional para impulsar el cobro de deudas, con plena garantía jurídica.
Resultados impactantes en poco tiempo
A finales de abril de 2023 más de 200 compañías líderes en el mercado nacional, empresas de recobro, grandes firmas de abogados, empresas de automoción y de software jurídicos, asistían a la presentación de las nuevas funcionalidades del Registro de Impagados Judiciales de la Abogacía española.
Apenas ocho meses después, esta pionera herramienta está revolucionando las ejecuciones judiciales de impagados con cobros en tiempo récord frente a la media actual de más de tres años, poniendo fin a millones de pleitos ‘zombis’ que permanecen estancados en los juzgados y está ofreciendo información exclusiva y de gran calidad para tomar las decisiones más acertadas.
A pesar de su corta vida, el RIJ ha demostrado ser una herramienta efectiva para el recobro y que está cambiando la dínamica de los procedimientos judiciales de reclamación de cantidad, en marzo de 2023 se dictaron las primeras resoluciones judiciales en las que se comunicaba al deudor demandado su inclusión en el Registro de Impagados Judiciales a través del órgano judicial, todo un hito jurídico, y desde entonces es imparable la cascada de resoluciones favorables que admiten la cláusula RIJ. La implementación de esta fórmula que advierte de la inclusión en el Fichero de la Abogacía española en los escritos judiciales ha permitido casos de cobro exprés, algunos resolviéndose en tan solo 19 días, desafiando la tendencia de años de espera para el cobro de deudas.
Eficacia Demostrada para agilizar el recobro y para solventar el colapso judicial
Los testimonios de éxito no se limitan a casos aislados. El RIJ ha logrado que acreedores cobren en tiempo récord gracias a la cláusula RIJ. Casos impensables hasta ahora, como el pago en menos de 20 días después de años de espera, o el cobro de una deuda de una sentencia infructuosa de 2020 en tan solo 39 días, son pruebas tangibles de la eficacia de esta innovadora herramienta.
Acuerdos estratégicos y alianzas Influyentes
Su recién estrenado servicio, único en el mundo, para hacer el requerimiento de pago al deudor y la notificación de su inclusión en la base de datos de la Abogacía, en la demanda o escrito judicial, ha despertado un enorme interés entre los despachos de abogados y las áreas de riesgo y recobro de las empresas españolas tras conocerse sus primeros casos de cobro exprés.
El RIJ ha sellado acuerdos estratégicos con empresas líderes, despachos de abogados y proveedores de servicios jurídicos. Alianzas con multinacionales, inmobiliarias, y empresas de recobro, como Lefebvre, idealista o Tirant Lo Blanch, entre otros, han fortalecido la posición del RIJ como un actor clave en la prevención de la morosidad y en la aceleración del recobro.
Formación continua
En un esfuerzo por impulsar la adopción y comprensión del Registro de Impagados Judiciales (RIJ), el Consejo General de la Abogacía Española ha iniciado un ambicioso programa de formación dirigido a todos los colegios de abogados del país. Esta iniciativa tiene como objetivo proporcionar a los profesionales del derecho las herramientas necesarias para aprovechar al máximo las ventajas del RIJ. El impacto de esta formación se ha traducido en un interés significativo por parte de los abogados, quienes reconocen en el RIJ una herramienta transformadora que agiliza procesos, fortalece la ejecución de sentencias y contribuye a una justicia más eficiente y transparente y ello, porque cuando los más de 160.000 abogados de nuestro país compartan su información en el RIJ se conseguirá crear la base de datos más completa de España sobre problemas de solvencia y riesgo de impago, con máximo nivel de seguridad jurídica tanto para acreedores como para deudores y será el mayor freno a la morosidad.
Conclusión
El Registro de Impagados Judiciales no solo responde a las demandas actuales del sistema judicial, sino que se erige como un catalizador para una transformación más amplia. Al acelerar procesos, reducir plazos y aliviar la carga sobre la Administración de Justicia, el RIJ no solo resuelve el problema del colapso de la justicia y la morosidad, sino que sienta las bases para una justicia más ágil, eficiente y acorde con los principios constitucionales. Su impacto positivo y sus resultados tangibles marcan un hito en la búsqueda de una tutela judicial efectiva y rápida en el contexto legal español.