El recobro de deudas se ha convertido en un objetivo de muchas personas. A raíz de la crisis sanitaria, tanto las personas físicas como las jurídicas, ante la necesidad de contar con liquidez para afrontar cierto tipo de pagos y responder ante proveedores, están prestando especial atención a este punto. Y donde antes había ciertas deudas o impagos que se toleraban, posiblemente por su pequeña cuantía y no merecía la pena reclamar, ahora la situación ha dado completamente la vuelta y cualquier impago es objetivo directo y actor protagonista de las empresas.
El recobro de deudas como obsesión. Mantener las cuentas saneadas es vital para sobrevivir en esta incertidumbre socioeconómica por la que se está pasando a nivel mundial como consecuencia de la Covid-19.
Muchas son las empresas que necesitan ponerse a día, conocer los impagos que acumulan por parte de sus clientes para poder reclamarlos y del mismo modo hacer el mismo ejercicio por si estuvieran incurriendo en la misma situación. Poner remedio y conocer las claves para que la reclamación de deudas sea un éxito y se produzca el recobro de las mismas es el objetivo que perseguimos a lo largo de este post. Conocer de primera mano los mejores métodos para hacer que tus clientes respondan a tiempo y su falta de pago no suponga una problemática.
La morosidad como problemática nacional
Ya hemos comentado que en momentos de crisis, el balance de recobro de deudas se dispara y la necesidad de recuperar liquidez en las empresas hace que tanto personas físicas como jurídicas, e independientemente del importe, se lancen de cabeza a recuperar sus impagos y a poner nombre y apellidos a sus morosos para comenzar un proceso de recobro de deuda que en ocasiones puede ser favorable, pero en otras acaba siendo una pérdida de tiempo.
Sin embargo, siempre es necesario tener en cuenta varios puntos importantes para reconocer primero si la deuda que acumulamos o tenemos contraída con nuestro deudor se puede reclamar, y cuál es, además, el método más adecuado para ello.
El proceso de recobro de deudas debe adaptarse al caso concreto de la deuda a reclamar. Todas son igual de importantes, pero hay que ver cuáles son más sencillas de recuperar que otras y a cuáles hay que darles prioridad.
La gestión de cobros de morosos resulta un tema muy tedioso y por el que ni personas físicas ni jurídicas quieren pasar, pero a veces no queda más remedio que enfrentarse a ello y poner solución. El recobro de deudas es una acción necesaria y para poder lograr el éxito, incluso en los casos más complicados, es mejor seguir unos sencillos pasos previos.
- Conocer bien el caso concreto por el que se ha producido el impago. Esto es bueno si además ya conocemos al acreedor porque seguramente sus argumentos nos otorguen mayores garantías. La deuda puede haberse producido porque nuestro acreedor también se encuentra en una situación similar a la nuestra con varios pagos bloqueados y no tiene liquidez para afrontarlos. En ese caso puede ser recomendable renegociar los términos para estipular nuevos plazos. Plazos viables para poder asegurarnos que la empresa va a poder responder por ellos y no incurrirá de nuevo en la misma mecánica.
- Favorecer el contacto con el cliente durante el proceso de facturación para que no se produzcan retrasos con las facturas y la contabilización de la misma. Esto ayuda mucho a que el cliente sienta que estamos pendientes de todo, y así no les sea tan sencillo no responder por el pago previsto.
- Valorar a cada cliente de forma particular. Cada cliente o proveedor es especial y hay que analizarlos uno a uno para adaptarnos a sus circunstancias e intentar no tener que llegar a pasos más complicados para la reclamación de deuda, incluso a través de juicio monitorio.
- La negociación es vital para que el éxito sea más elevado. En muchos casos es mejor dejar a un lado la vía judicial y poder centrarnos a la extrajudicial para que sea una negociación más amigable. En este punto puede ser por vía propia o ajena. En otros, será necesario emprender las acciones de reclamación por vía amistosa, o por vía judicial, como veremos a continuación.
El recobro de deudas por vía amistosa
Agotar la vía amistosa siempre es buena señal para conseguir el recobro de deuda. En este punto surgen dos caminos que se suelen explorar ambos, ya que primero se agota la vía interna y si esta no ha surtido efecto, se suele tender a la vía externa.
- Nos centramos ahora en la vía amistosa de forma interna. En este caso es la propia empresa, normalmente el departamento de administración o financiero quien ejecuta esta fase. Una vez examinada la deuda contraída con un deudor es momento de ponerse en contacto con el moroso y notificarle la deuda a través de llamadas telefónicas, email, carta o incluso a través de una reunión en persona. Todo esto con el fin de naturalizar la situación y poder ponerle fin pronto, estableciendo si es preciso nuevos plazos y conociendo los motivos. Es momento de examinar si realmente el acreedor quiere responsabilizarse de su deuda o si por el contrario nos está dando largas y pretende ganar tiempo para que el acreedor se olvide de la deuda y lo deje pasar.
- Si esta vía amistosa a manos de la empresa afectada no consigue que el deudor responda por el impago, es momento de contar con una empresa especializada en recobro de deudas. En este punto existen varias posibilidades, sin embargo es mejor conocer bien las opciones que tenemos y por ello es bueno que un especialista del sector pueda asesorarnos para ver con quién contar y las posibilidades de ejecutar esta vía por cuenta ajena. La oferta de empresas que se encargan de ofrecer estos servicios de recobro de deuda, es muy elevada. Estas empresas funcionan principalmente:
- Analizando el caso concreto de la deuda contraída
- Notificando al deudor que tiene una deuda contraída a través de un burofax
- Se le notifica que de no pagar y responder por la deuda, verá su nombre ya sea persona física o jurídica en un fichero de morosos que puede afectar de forma muy elevada su reputación personal y financiera.
- Estos ficheros son de carácter público y cualquiera puede consultarlos. Particulares, empresas, Administración pública e incluso entidades financieras.
- Si no responden ante estas advertencias, se le incluirá en el fichero de morosos y si sigue sin abonar la deuda, puede iniciarse un proceso judicial dejando ya de lado estas vías amistosas.
Como vemos, las empresas de recobro suelen usar los ficheros de morosidad como herramienta para obtener el recobro. No obstante, se trata de un arma que hoy en día ya puede estar en manos directamente del acreedor, y que puede usar también, como es el caso del Registro de Impagados Judiciales (RIJ), por medio del profesional del Derecho que le asesora, logrando afectar la reputación financiera del deudor y cerrándole, con ello, el acceso a préstamos y créditos, así como a diferentes tipos de nuevas contrataciones, e imprimiéndole, por tanto, la necesidad de abonar la cantidad debida para volver a poder actuar en el mercado.
Desde su lanzamiento en junio de 2019, el Registro de Impagados Judiciales de la Abogacía española ha conseguido sacar a la luz más de 30 millones de euros de deuda que hasta ahora se gestionaban de forma silenciosa en los despachos de abogados y que ahora son visibles gracias al primer y único fichero de morosidad judicial, siendo la información sobre los impagos accesible al sistema financiero y empresarial español a través de INFORMA y EXPERIAN.
El proceso monitorio también como vía de éxito
Se trata de la alternativa que normalmente se deja para el final, ya que siempre se suele actuar de buena fe reclamando los pagos por la dos vías anteriormente descritas.
No obstante si se llega a este punto de la vía judicial a través del proceso monitorio, puede ser también eficaz y llevarnos al éxito en el recobro de la deuda. Llegado este momento es bueno hacer un resumen y una recopilación de información, ya que cuando entramos en un proceso monitorio, debemos estar asesorados por profesionales del ámbito jurídico que analicen que la deuda que se quiere reclamar cumple con los siguientes requisitos:
- La deuda debe ser dineraria.
- Debe ser determinada o líquida.
- Debe ser vencida.
- Debe ser exigible.
- Debe estar bien documentada.
Si todo esto se cumple, es momento de iniciar el proceso de juicio monitorio para poder contar con el dinero que reclamamos cuanto antes. El recobro de deudas es posible y los casos de éxito muchos. Solo hay que analizar cada caso sabiendo que cada acreedor es diferente y que cada deudor también.